
Cerrar ordenadamente y evitar obligaciones futuras
Cierre la empresa sin dejar obligaciones abiertas
Un término de giro mal ejecutado deja obligaciones vigentes y responsabilidades para los socios. Regularizamos primero, determinamos los impuestos que corresponden y luego tramitamos el cierre.
Cuándo necesita este servicio
- La empresa dejó de operar y necesita cerrar formalmente.
- Existen declaraciones pendientes que impiden el término de giro.
- Se requiere determinar los impuestos por el término de actividades.
- Los socios necesitan disolver y liquidar la sociedad.
Qué incluye
- Diagnóstico de obligaciones pendientes y declaraciones faltantes.
- Regularización previa de cumplimiento tributario.
- Determinación de los impuestos aplicables al término de giro.
- Presentación y seguimiento del trámite ante el SII.
- Coordinación de la disolución y liquidación societaria.
Qué no incluye
- Procedimientos concursales de liquidación, que requieren asesoría especializada.
Situaciones habituales
Ejemplos generales de encargos de este tipo. No corresponden a clientes identificables ni revelan antecedentes de casos concretos.
Sociedad sin movimiento durante años que arrastra declaraciones pendientes.
Empresa que cesó operaciones y mantiene existencias y activos por asignar.
Socios que necesitan cerrar antes de constituir una nueva estructura.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cerrar si tengo deudas?
Las obligaciones pendientes deben resolverse o encauzarse antes del término de giro. Por eso el trabajo parte por un diagnóstico: cerrar sin regularizar sólo traslada el problema a los socios.
¿Qué pasa si no hago término de giro?
La empresa sigue obligada a declarar y las multas se acumulan. Además, el incumplimiento puede alcanzar a los socios al momento de constituir nuevas sociedades o realizar otros trámites.
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